Los niños y niñas de entre 6 y 15 años residentes en Andalucía tienen derecho a recibir atención dental básica y determinados tratamientos especiales de forma gratuita a través del Talón de Asistencia Dental Anual que facilita a las familias la Consejería de Salud.

Clínica DentalEste es uno de los centros concertados por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía para la prestación del Plan de Asistencia Dental Infantil Andaluz (PADIA).

¿Que franja de edades están cubiertas y hasta qué límite?

Todas las personas que se encuentren en el tramo de edad comprendido entre 6 y 15 años tienen derecho a la prestación asistencial dental hasta el 31 de diciembre del año en que cumplan 15.

¿Qué coberturas incluye?

El niño o niña tiene derecho a una revisión anual con un contenido sobre instrucciones de normas de higiene bucodental, dietas, etc., con exploración y reconocimiento de la dentición permanente y seguimiento facultativo en los casos en que se aconseje. Siempre según el criterio de cada dentista, se podrá realizar:

  • El sellado de fisuras o fosas en las piezas permanentes sanas que evitará la aparición de caries.
  • La obturación en las piezas permanentes (empastes) cuando ya existen caries.
  • El tratamiento más adecuado de las lesiones pulpares.
  • La extracción de piezas dentarias temporales (dientes de leche).
  • La extracción de alguna pieza dentaria permanente, siempre que bajo criterio de su dentista de cabecera no tenga otro tratamiento más conservador.
  • La tartrectomía (limpieza), cuando se detecte cálculo y/o pigmentaciones extrínsecas en dentición permanente.
  • Cubrirá también, aunque con ciertos requisitos formales, ciertos tratamientos especiales por traumatismos o malformaciones de los dientes incisivos caninos. Estos tratamientos especiales requerirán la conformidad expresa e individualizada del titular de la Delegación Provincial de Salud correspondiente, previa presentación de un informe clínico del dentista de cabecera, donde se justifique la necesidad de dicho tratamiento.

¿Qué asistencia no cubre?

Aquellos tratamientos necesarios por causa de traumatismos cuando haya un responsable que deba hacerse cargo del costo de ese tratamiento, los tratamientos de ortodoncia y los reparadores en la dentición temporal (dientes de leche).

¿Cuándo y dónde tengo que dirigirme para solicitar la asistencia?

Cada año se enviará al domicilio de los niños y niñas que tengan reconocido el derecho a la prestación, una carta en la que se facilitará la documentación necesaria para acceder a la misma.

Además, en su Centro de Salud (Servicio de Atención Ciudadana) y en la Delegación Provincial de Salud (Servicio de Planificación, Ordenación y Calidad Asistencial), podrán facilitarle información al respecto.

 


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